- ¿El recibo de sueldo digital es legal?
Sí, con este régimen creado por la Resolución MTEySS Nº 1455/11 y complementado por las Resoluciones ST Nº 1362/12 y ST Nº 602/13, modificadas por las Resoluciones ST N° 1183/15 y ST 1191/15, respectivamente, los empleadores pueden obtener autorización para emitir los recibos de sueldo de sus trabajadores dependientes (Ley de Contrato de Trabajo) en formato digital reemplazando los tradicionales recibos en papel.
- ¿Es posible descargar o imprimir los archivos?
Sí, los podés descargar en tu PC o celular e imprimirlos.
- ¿Tiene validez una firma escaneada?
No, una firma escaneada no tiene validez legal. La firma digital o electrónica, de acuerdo a la ley 25.506, es la única firma que tiene la misma validez legal que la firma manuscrita.
- ¿Los recibos quedan en el sistema?
Sí, los recibos de sueldo estarán disponibles mientras el abono esté activo. De hecho, el sistema utilizado deberá contemplar la posibilidad que el trabajador pueda salvar sus recibos de haberes digitales, al igual que guardar copia de ellos.
- ¿Cómo verifico que un recibo este firmado por el empleado o empleador?
En cada recibo la firma del empleador y del empleado quedan registradas en: El archivo en formato PDF que almacena los datos del recibo incluye los datos del/os firmante/s, certificados utilizados, fecha de firma; entre otros.
- ¿Cómo obtengo un Token USB para firma Digital?
El token USB para firma digital del empleador se puede gestionar de dos maneras:
A través del Estado Nacional, de forma gratuita (https://www.argentina.gob.ar/solicitar-certificado-de-firma-digital-por-hardware-token) o bien gestionarlo a través de una autoridad de registro privada.
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